¿Aún no tienes un vehículo eléctrico?

¿Aún no te has animado a comprar un coche eléctrico o una moto eléctrica? No hay que negar que el precio de los vehículos eléctricos aún es muy elevado y es una de las principales barreras para animarse a adquirir uno. Todavía hay que esperar a que se fabriquen baterías más económicas, pues suponen casi el 40% del precio total del vehículo, y que aumente la producción de los vehículos eléctricos para que los precios sean más asequibles. Pero no vamos a esperar a que esto ocurra si podemos optar a ayudas económicas y porque en algunos casos un vehículo eléctrico puede empezar a ser rentable a los 3 o 4 años de haberlo comprado.

* actualizada información sobre las ayudas al final del post

coche electrico mitsubishi

Esta claro que hoy por hoy los vehículos eléctricos no son la mejor opción para viajes interurbanos pero actualmente para la ciudad es una opción más que aceptable, ¿sabes si hay puntos de recarga eléctrica (PRE) en tu ciudad? Puedes utilizar el buscador de puntos de recarga eléctrica y/o de gasolineras baratas que hay en el blog o directamente en nuestra web www.ecomotriz.com

1. Finalidad
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio aprobó un real decreto para la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos eléctricos nuevos. El objetivo de estas subvenciones, es facilitar y fomentar el desarrollo de la movilidad eléctrica por su contribución a la mayor sostenibilidad del sector del transporte, a una mejora de la eficiencia energética y a la reducción de la contaminación.

 

2. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en este real decreto:
a) Las personas físicas. En el caso de los profesionales autónomos, habrán de estar dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
b) Las entidades privadas con personalidad jurídica propia y con su correspondiente Código de Identificación Fiscal.
c) Las Administraciones públicas, las sociedades o entidades que tengan consideración de carácter público estatal, autonómico o local.

* En el caso de operaciones de renting o leasing operativo el beneficiario será el arrendatario del contrato de renting o leasing operativo, siempre que este contrato tenga una duración mínima de dos años.

 

3. Vehículos sujetos a la subvención
a) Turismos M1: vehículos de motor destinados al transporte de personas que tenga, por lo menos, cuatro ruedas y que tenga, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo.
b) Furgonetas N1: vehículos de motor destinados al transporte de mercancías que tenga, por lo menos, cuatro ruedas con una masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg.
c) Autobuses o autocares M2: vehículos destinados al transporte de personas que tengan además del asiento del conductor más de ocho plazas sentadas y con un MMA inferior a 5.000 kg.
d) Autobuses o autocares M3: vehículos destinados al transporte de personas que tengan además del asiento del conductor más de ocho plazas sentadas y con un MMA superior 5.000 kg.
e) Furgones N2: vehículos de motor destinados al transporte de mercancías que tenga, por lo menos, cuatro ruedas con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kg e inferior a 12.000 kg.
f) Motocicletas L3e y L5e: vehículos de dos o tres ruedas sin sidecar, con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km/h.
g) Cuadriciclos ligeros L6e: automóviles de cuatro ruedas cuya masa en vacío sea inferior o igual a 350 kg, no incluida la masa de las baterías para los vehículos eléctricos, y cuya potencia máxima neta del motor sea inferior o igual a 4 kW y cuya velocidad máxima no sobrepasa los 45 km/h.
h) Cuadriciclos pesados L7e: automóviles de cuatro ruedas cuya masa en vacío sea inferior o igual a 400 kg o 550 kg si se trata de vehículos destinados al transporte de mercancías, no incluida la masa de las baterías para los vehículos eléctricos, y cuya potencia máxima neta del motor sea inferior o igual a 15 kW.

 

moto electrica Vectrix

4. Cuantía de las ayudas
Dependiendo del vehículo a adquirir y de su autonomía en modo de funcionamiento exclusivamente eléctrico (autonomía que da la capacidad de carga de las baterías), se establecen las siguientes cuantías individuales de ayuda:

  • Grupo 1 – La cuantía de la subvención será del 25 por ciento del precio de venta antes de impuestos que conste en la factura, del vehículo completo incluidas sus baterías propulsoras, para todos aquellos vehículos de las categorías M1, N1, L6e, L7e, L5e y L3e que se propulsen total o parcialmente con electricidad de la red siempre que no se superen las siguientes cuantías máximas:
  • a) 2.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica no superior a los 40 km y no inferior a 15 km.
    b) 4.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 40 km e inferior o igual a 90 km.
    c) 6.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 90 km.

  • Grupo 2 – La adquisición de vehículos microbuses M2 y comerciales N2 será objeto de una subvención individual del 25 por ciento del precio de venta antes de impuestos del vehículo completo, incluidas sus baterías, con un máximo de 15.000 euros, siempre que su autonomía en régimen exclusivamente eléctrico (autonomía que da la capacidad de carga de las baterías) sea superior a 60 km.
  • Grupo 3 – La adquisición de vehículos autobuses y autocares M3 será objeto de una subvención individual del 25 por ciento del precio de venta antes de impuestos del vehículo completo, incluidas sus baterías, con un máximo de 30.000 euros, siempre que su autonomía en régimen exclusivamente eléctrico (autonomía que da la capacidad de carga de las baterías) sea superior a 60 km.

En el caso de adquisición de un vehículo que no incluya sus baterías propulsoras, el porcentaje del 25 por ciento de los tres grupos anteriores se sustituirá por el porcentaje del 35 por ciento del precio neto de factura antes de impuestos del vehículo sin sus baterías propulsoras, manteniéndose los topes máximos citados para cada tipo de vehículo y autonomía.

 

El pasado jueves Ecomotriz tuvo la oportunidad de conducir un coche eléctrico Mitsubishi en la inauguración de un nuevo punto de recarga eléctrica de N2S en el Suite Novotel de Málaga y la verdad que es una experiencia increíble. Además también probamos una moto eléctrica Vectrix y una bicicleta eléctrica Flyer. Anímate a comprar un coche eléctrico o una moto eléctrica pues la barrera económica puede ser menor con estas subvenciones (el plazo finaliza el 1 de diciembre de 2011) y digan lo que digan, la autonomía de los vehículos eléctricos es más que suficiente para los desplazamientos diarios.

 

 

Fuente original Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Imágenes pertenecientes a Ecomotriz.com bajo una licencia Creative Commons 3.0 BY-SA

 

* Actualización de la información del post

29 de junio de 2011 – Gracias a Helectra Motos sabemos que la entidad colaboradora que gestionará las ayudas será la Fundación FITSA (Fundación Instituo Tecnológico para la Seguridad del Automóvil).

Por nuestra parte os informamos que pronto estará disponible la plataforma SITVE de gestión de ayudas a la adquisición de vehículos eléctricos que utilizará FITSA: http://www.fundacionfitsa.org/noticias_ficha.php?id=0000073

3 comentarios en «¿Aún no tienes un vehículo eléctrico?»

  1. La tecnología avanza en grandes pasos Los dos tienen un diseño muy impactante y por su potencia creo que hay un mercado muy bueno y sigan publicando.

  2. Muy buen aporte, es una gran fuente de información y recursos en este campo de las motos.

  3. Todo esto esto es muy bonito, pero………… Actualmente tengo un coche de gasolina y un gasto de combustible de unos 40 euros/mes para hacer unos 300 klm/mes.Dispongo de un presupuesto de entre 6000 a 8000 euros ¿que coche eléctrico me compro? (no circulo necesariamente por autopista).

Deja una respuesta